VICTOR BAZAN PIERDE HABEAS DATA Y TENDRÁ QUE ENTREGAR INFORMACIÓN DE LA OBRA ABANDONADA DEL "TRÉBOL"
PROCURADOR
PÚBLICO DE VÍCTOR BAZÁN LE HACE PERDER HABEAS DATA Y TENDRÁ QUE OTORGAR
TODA LA INFORMACIÓN SOBRE LA ABANDONADA OBRA DE “EL TRÉBOL”

Esta es la resolución que declara improcedente por EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación
2° JUZGADO CIVIL - S. JPL Huaral
EXPEDIENTE : 00528-2014-0-1302-JR-CI-02
MATERIA : HABEAS DATA
ESPECIALISTA : ROSARIO TELLO YOVANA HERLINDA
DEMANDADO : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
DEMANDANTE : GUERRERO TORRES, OSCAR ROLANDO
RESOLUCIÓN N° CINCO
Huaral, nueve de setiembre del dos mil catorce.-
VISTA:
El recurso de apelación, de fecha 08 de setiembre del 2014, presentado por la demandada Municipalidad Provincial de Huaral en contra la resolución N° 03 de fecha 22 de mayo del 2014, entendiéndose que apela la resolución N° 04 de fecha 27 de agosto del 2014 (sentencia) que declara fundada la demanda; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Recibido un recurso de apelación como la presentada por la demandada, corresponde al juzgado verificar la concurrencia del requisito de admisibilidad regulado por el artículo 57° del Código Procesal Constitucional;
Segundo: Al respecto, mediante el presente escrito la demandada interpone recurso de apelación contra la resolución N° 04, de fecha 27 de agosto del 2014 (sentencia), que resuelve declarar fundada la demanda; sin embargo, se tiene que dicha resolución le ha sido notificada a dicha parte con fecha 02 de setiembre del 2014 conforme se verifica del cargo de notificación de folios 46, en consecuencia, el recurso de apelación ha sido interpuesto fuera del plazo legal (tres días) establecido en el artículo 57° del Código acotado, por lo que dicho medio impugnatorio debe ser declarado improcedente por extemporáneo;
Por los fundamentos antes expuestos;
SE RESUELVE: Declarar IMPROCEDENTE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por la demandada Municipalidad Provincial de Huaral contra la resolución N° 04, obrante a folios 39 al 44.-
Segundo: Al respecto, mediante el presente escrito la demandada interpone recurso de apelación contra la resolución N° 04, de fecha 27 de agosto del 2014 (sentencia), que resuelve declarar fundada la demanda; sin embargo, se tiene que dicha resolución le ha sido notificada a dicha parte con fecha 02 de setiembre del 2014 conforme se verifica del cargo de notificación de folios 46, en consecuencia, el recurso de apelación ha sido interpuesto fuera del plazo legal (tres días) establecido en el artículo 57° del Código acotado, por lo que dicho medio impugnatorio debe ser declarado improcedente por extemporáneo;
Por los fundamentos antes expuestos;
SE RESUELVE: Declarar IMPROCEDENTE POR EXTEMPORÁNEO el recurso de apelación interpuesto por la demandada Municipalidad Provincial de Huaral contra la resolución N° 04, obrante a folios 39 al 44.-
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